¿Qué dice el Código del Trabajo sobre el pago del aguinaldo?

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El décimo tercer mes o aguinaldo, es una remuneración en dinero que recibe el trabajador nicaragüense por parte de su empleador, esto después de haber laborado un año continuo, o bien, la parte proporcional que corresponda al tiempo trabajado, según el artículo noventa y tres del Código del Trabajo.

El aguinaldo es un derecho de todo trabajador, y cabe resaltar que éste es irrenunciable e inembargable, lo que quiere decir que no se le podrá aplicar ningún tipo de deducción al mismo, a excepción de la pensión alimenticia.

Así mismo, el pago del décimo tercer mes, deberá realizarse dentro de los primeros diez días del mes de diciembre de cada año, o bien, dentro de los primeros diez días de haber renunciado al trabajo. En caso de que el empleador incumpla o retrase este pago, él deberá solventar una multa.

Según el licenciado Jorge Ulises López, abogado y notario público, los contratos verbales también son reconocidos en el código del trabajo para gozar de este beneficio, pues sólo en el caso de que el trabajador labore de manera independiente sin estar subordinado a un jefe, puede prescindir del aguinaldo.

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